PRIMERO: CON LUGAR la defensa de fondo alegada por la parte demandada SOCIEDAD CIVIL DE ADMINISTRACION OBRERA ALTAGRACIA COSTA NORTE, referida a la Falta de Cualidad para intentar y sostener el presente asunto, interpuesto en su contra por el ciudadano EDISON LUIS ALBORNOZ, por motivo de cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano EDISON LUIS ALBORNOZ en contra de la SOCIEDAD CIVIL DE ADMINISTRACION OBRERA ALTAGRACIA COSTA NORTE, por motivo de cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. TERCERO: No se condena en costas a la parte demandante, ciudadano EDISON LUIS ALBORNOZ, conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por haber aducido devengar menos de TRES (03) salarios mínimos, excluido conforme a lo previsto en el artículo 64 del mismo texto adjetivo laboral.