En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la acción interpuesta por los ciudadanos OSCAR ENRIQUE PORTILLO OJEDA, MARIO JESÚS GODOY VALECILLOS, ATILIO ANTONIO BERMÚDEZ LÓPEZ y RAFAEL JESÚS SOTO SULBARAN en contra de la Empresa PDVSA PETRÓLEO, S.A., por motivo de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos. SEGUNDO: Se condena en costas a los ciudadanos OSCAR ENRIQUE PORTILLO OJEDA, MARIO JESÚS GODOY VALECILLOS y RAFAEL JESÚS SOTO SULBARAN, exonerándose al ciudadano ATILIO ANTONIO BERMÚDEZ LÓPEZ por devengar menos de TRES (03) salarios mínimos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: Se ordena notificar a la Procuraduría General de la Republica de lo.....