PRIMERO: CON LUGAR la defensa de fondo alegada por la parte co-demandada solidaria, sociedad mercantil PDVSA PETROLEO, S.A., relativa a la Falta de Cualidad e Interés para sostener el presente asunto, interpuesto en forma solidaria en su contra, por los ciudadanos MELVIN DIAZ, JOSE LUIS FRIAS, LUIS JOSE GIL y ELY SAUL RINCON, por motivo de cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos MELVIN DIAZ, JOSE LUIS FRIAS, LUIS JOSE GIL y ELY SAUL RINCON, en contra de la sociedad mercantil PDVSA PETROLEO, S.A., por motivo de cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. TERCERO: No se condena en costas a las partes co-demandantes, ciudadanos MELVIN DIAZ, JOSE LUIS FRIAS, LUIS JOSE GIL y ELY SAUL RINCON, conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por haber aducido cada uno devengar menos de TRES (03) salarios mínimos, excluido conforme a lo previsto en el artículo 6.....