PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano ADALBERTO ANDRÉS ROMERO PIRELA en contra de la Empresa ZULIA WIRE LINE Y SERVICIOS C.A., por motivo de cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se ordena a la Empresa demandadas, pagar al ciudadano ADALBERTO ANDRÉS ROMERO PIRELA la cantidad de QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL SIETE BOLÍVARES CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 15.413.007,48), por concepto de cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros derechos laborales, en base a los conceptos discriminados en la motiva de la presente sentencia y que se dan aquí por reproducidos.
TERCERO: Se acuer.....