PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano ERIX JOSÉ URDANETA URDANETA en contra de la Empresa ALLOYS C.A., por motivo de cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se ordena a las Empresa demandada, pagar al ciudadano ERIX JOSÉ URDANETA URDANETA la cantidad de UN MILLÓN NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS QUINCE BOLÍVARES CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS DE BOLÍVAR (Bs. 1.957.515,48), por concepto de cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros derechos laborales, en base a los conceptos discriminados en la motiva de la presente sentencia y que se dan aquí por reproducidos.
TERCERO: Se orden.....