PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO la transacción celebrada entre las partes intervinientes solo con respecto al cobro de prestación sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Cosa juzgada con respecto al reclamo formulado en base al cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
TERCERO: SIN LUGAR la defensa de fondo propuesta por la sociedad mercantil SCHLUMBERGER DE VENEZUELA S.A. relativa a la prescripción de la acción.
CUARTO: SIN LUGAR la acción intentada por el ciudadano GUILLERMO JOSÉ HOYOS en contra de la Empresa demandada SCHLUMBERGER DE VENEZUELA S.A., por cobro de Indemnizaciones por Incapacidad Total y Permanente por Enfermedad Profesional
QUINTO: .....