Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en la ciudad de Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: EXTINGUIDO EL PROCESO que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES E INTERESES DE MORA, interpuso el ciudadano JUSTO ARCADIO MONTERIO CHIRINOS en contra de la Empresa WOOD GROUP AMES, C.A.; antes identificados; SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.