PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la defensa de fondo propuesta por la parte demandada C.A. CENTRAL VENEZUELA relativa a la prescripción de la acción intentada en base al cobro de Indemnizaciones por Accidente de Trabajo y Daño Moral.
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción intentada por el ciudadano REINALDO ANTONIO SOTO MÉNDEZ en contra de Empresa demandada C.A. CENTRAL VENEZUELA, con respecto a las Indemnizaciones por Accidente de Trabajo y Daño Moral, por prosperar la defensa de fondo relativa a la prescripción de la acción.
TERCERO: CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano REINALDO ANTONIO SOTO MÉNDEZ en contra de la Empresa C.A. CENTRAL VENEZUELA, por motivo de cobro de Bonificación de Fin de Año corres.....