PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La INCOMPETENCIA de este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, para la sustanciación, conocimiento y decisión del presente Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por la ciudadana MARLENI DEL CARMEN SANGRONI CALDERON contra la empresa BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A,, ordenando la remisión inmediata del presente Asunto signado con el Nro. VP21-O-2005-000024, ya que le corresponde al JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, DE LA REGION OCCIDENTAL, con sede en Maracaibo, Estado Zulia.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza de lo aquí decidido......