PRIMERO: IMPROCEDENTE la defensa previa alegada por la parte presuntamente agraviante, sociedad mercantil SERVICIOS TECNICOS MECÁNICOS, C.A. (STM), relativa a la INADMISIBILIDAD de la presente Acción de Amparo Constitucional, interpuesta en su contra por los ciudadanos RENNY EDWARD PEDREAÑEZ, FRANK EVELINO AMESTY GONZALEZ y EUVIN GREGORIO CHACIN. SEGUNDO: CON LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por los ciudadanos RENNY EDWARD PEDREAÑEZ, FRANK EVELINO AMESTY GONZALEZ y EUVIN GREGORIO CHACIN, en contra de la sociedad mercantil SERVICIOS TECNICOS MECÁNICOS, C.A. (STM), por la violación de los derechos constitucionales establecidos en los artículos 87, 89, 91 y 93 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia se ordena la restitución de la situación jurídica infringida. TERCERO: Se ordena a la sociedad mercantil SERVICIOS TECNICOS MECÁNICOS, C.A. (STM), cumpla con lo ordenado en la Providencia Administrativa Nro. SF-0087-2011, de fecha 27 de.....