PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano RAYCE ANTONIO GARCÍA TORO en contra de las sociedades mercantiles ENSING DE VENEZUELA C.A. antes SERVICIOS PETROLEROS FLINT C.A., y MAERSK DRILLING DE VENEZUELA C.A., en base al cobro de Indemnizaciones por Enfermedad Profesional (Discapacidad Parcial y Permanente). SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante, ciudadano RAYCE ANTONIO GARCÍA TORO, conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por haber resultado totalmente vencido en el presente proceso, en virtud de haber devengado más de TRES (03) salarios mínimos de acuerdo a lo establecido en el artículo 64 del mismo texto adjetivo laboral, y el criterio jurisprudencial establecido por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia de fecha 21 de julio de 2009, con ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo (Caso Wendy Raquel Chávez Daris Vs. Laboratorios Valmor C.A.).