Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO interpuesto por el ciudadano MELBY LUZARDO contra la empresa C.A., ENERGIA ELECTRICA DE LA COSTA ORIENTAL DEL LAGO (ENELCO)., por motivo de Bonificación Unica.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
TERCERO: Se ordena notificar mediante oficio al Procurador General de la República de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 95 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Se ordena expedir copia certificada de este Sentencia por Secretaría a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordanci.....