PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos Laborales e incapacidad Parcial y
Permanente interpuesto por el ciudadano JOSE ALBERTO TORRES CARCIA en contra de la empresa demandada CONSTRUCTORES ELECTRICOS E INDUSTRIALES, C.A. (CEICA)
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de Prestaciones Sociales, Salarios caídos e incapacidad Parcial y Permanente interpuesto por el ciudadano JOSE ALBERTO TORRES CARCIA por la cantidad DIECIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS NUEVE MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE BOLIVARES (Bs. 18.809.319,00) arrojados de los cálculos efectuados y revisados por esta juzgadora, .....