PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cumplimento de contrato de arrendamiento accesorio al contrato de trabajo interpuesto por la representación judicial de la parte actora sociedad mercantil PDVSA; Petróleo, SA, en contra la ciudadana: FLOR PARRA en su condición de extrabajadora de la parte actora.
SEGUNDO: Se declara procedente la entrega o desalojo por parte de la ciudadana: FLOR PARRA de la casa de habitación ubicada ubicado en el Sector Campo Carabobo Avenida 13, Casa Nro 06 de Tamare en la Circunscripción del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, comprendido dentro de los siguientes linderos. NORTE: linda con la Casa Nro 08, SUR: linda con la ca.....