DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano por el ciudadano JOSÉ LUIS NAVA BRAVO, asistido debidamente por la abogada en ejercicio NAKARLY SILVA; SEGUNDO: CONFIRMA la decisión de fecha 26 de agosto del 2004, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual acordó NEGAR la entrega del Vehículo cuya características son: Marca Chevrolet, Placas BA491T, Serial de Motor MHV216271, Serial de Carrocería 1T19MHV216271, Uso Transporte Público, Clase Automóvil, Modelo Malibú, Año 1980, Color Blanco, Tipo Sedan, al referido ciudadano; TERCERO: ORDENA la continuación de la presente investigación, a los fines de garantizar la tutela judicial efectiva.