PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación presentado por los profesionales del
derecho ELIO BOLIVAR y EDIRSON DIAZ, actuando con el carácter de defensores
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privados de los ciudadanos CARLOS ALBERTO HERAS PARRA, CARLOS ENRIQUE
HERAS PAEZ, NOLWIS DAVID HERAS PAEZ y DELWIS JUNIOR HERAS PAEZ.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 436-2022 de fecha doce (12) de julio de 2022,
dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito
Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, siendo que la misma se dictó
conforme a derecho y en modo alguno causa un gravamen irreparable o vulnera los
derechos y garantías constitucionales que asisten a las partes intervinientes en el presente
proceso penal.