DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por la Dra. NOLA GOMEZ RAMIREZ, en su carácter de Juez del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la causa signada bajo el N° 11C-6084-07, seguida en contra de la imputada MARYOLI KARELI BALLESTEROS GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de FALTA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 320 del Código Penal Venezolano, cometidos en perjuicio de la FE PÚBLICA, en virtud de encontrarse incursa en la causal de inhibición prevista en el ordinal 4° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.