PRIMERO: ADMITIR el primer recurso de apelación de autos presentado por el profesional del derecho Domingo Alvarado Rigores, Inpre: 28.993, actuando con el carácter de defensor privado del imputado José Rene Márquez Acevedo, plenamente identificado en actas.
SEGUNDO: ADMITIR el segundo recurso de apelación de autos presentado por la profesional del derecho Carolina Molero Layeth, actuando con el carácter de defensora pública N° 20 adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia de la imputada Maryhalbyz Ramón Moreno Marcano, plenamente identificada en actas.
TERCERO: ADMITIR el primer escrito de contestación incoado por la Fiscalía cuarta (4°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 441 del Código Orgánico Procesal Penal.
CUARTO: ADMITIR el segundo escrito de contestación presentado por la Fiscalía cuarta (4°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, .....