ÚNICO: INADMISIBLE POR FALTA DE LEGITIMIDAD la acción de amparo constitucional, incoada por la profesional del derecho CHARLOTTE V. RAMIREZ M., inscrito en el inpreabogado nro. 292.379, quien dice actuar como defensa privada de los ciudadanos HEBERTO JOSE BARRAZA ZAMBRANO y JIMYALEXIS ORDOÑEZ FLORES, en contra del Juzgado Décimo Tercero (13°) en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 18.1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.