PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de auto interpuesto por la profesional del derecho LICET REYES BARRANCO, Defensora Pública Provisoria Vigésima Quinta (25°) Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, actuando en representación del ciudadano ROMÁN ENRIQUE SOTURNO CHOURIO, plenamente identificado en actas, dirigido a impugnar la decisión signada con el Nº 542-22 de fecha tres (03) de junio de 2022, dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, con ocasión a la celebración de la audiencia de presentación de imputados.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión de fecha tres (03) de junio de 2022, dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, toda vez que la misma se dictó conforme a derecho y en modo alguno vulnera los derechos y garantías constitucionales que asisten a las partes.