III
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: INADMISIBLE el recurso de apelación de autos, interpuesto por el profesional del derecho EDINSON PALMAR TORRES, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 28.478, actuando en su carácter de Defensor Privado el imputado WILMER ANTONIO LÓPEZ MONTIEL, en contra de la decisión Nro. 1806-16 de fecha 25 de octubre de 2016, emitida por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, el cual entre otros pronunciamientos declaró: PRIMERO: De conformidad a lo expresado en el numeral 2º del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal admitió totalmente el escrito acusatorio presentado por el Ministerio Público en contra del imputado acusado por la presu.....