DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano MIGUEL ANTONIO MARTINEZ, actuando con el carácter de representante judicial del ciudadano ABEL ANTONIO REBOLLEDO, en su condición de víctima. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 2775-07 dictada en fecha 19 de junio de 2007, en la causa N° 6C-9093-07, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual decretó el Sobreseimiento de la causa, de conformidad en el ordinal 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
QUEDA ASI DECLARADO SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO Y CONFIRMADA LA DECISIÓN APELADA.
Dada, firmada y sellada, en días laborables de esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuit.....