PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada GISELA PARRA FUENMAYOR, en su carácter de Fiscal Cuadragésima Séptima del Ministerio Publico, adscrita a la dirección para la defensa de la mujer con competencia en violencia de género, con sede en la ciudad de Cabimas; SEGUNDO: REVOCAR la decisión No. 1J-013-12 de fecha 27-01-2012, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, mediante la cual examinó y revisó la medida de privación judicial preventiva de libertad, que le fuera decretada al acusado ELVIS JOSÉ CALDERA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 406 del Código Penal, en concordancia con el artículo 80 ejusdem, con las circunstancias agravantes del articulo 65.1 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARYLUZ ANTONI.....