DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 3 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA COMPETENTE para el conocimiento de la Causa seguida en contra del ciudadano JEAN CARLOS SÁNCHEZ MADUEÑO, por la comisión del delito de EMISIÓN DE CHEQUE SIN PROVISIÓN DE FONDOS, en virtud de la querella interpuesta por parte del ciudadano OSCAR ALBERTO GOTERA OMAÑA, al TRIBUNAL TERCERO EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en conformidad con lo establecido en el artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de continuar instruyendo la presente causa; todo ello en beneficio de los principios: de justicia consagrado en el artículo 2, de celeridad procesal, tutela efectiva, contenido en el artículo 26, y debido proceso, contenido en el artículo 49, todos de la Constitución de la República Bolivar.....