DECISION
En virtud de lo antes expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: INADMISIBLE POR INIMPUGNABLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JAVIER RAMIREZ GOMEZ, en contra de la decisión N° 2C-1249-07, dictada en el acto de presentación de imputado, llevada a efecto en fecha 20-07-2007, ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, correspondiente al acto de presentación de imputados, en lo que se refiere a la solicitud de nulidad que fue decidido previamente por el Tribunal de Instancia, en aplicación del artículo 437 literal "c" del mismo Código Penal Adjetivo, en concordancia con el artículo 196 ejusdem. SEGUNDO: ADMISIBLE el referido recurso de apelación interpuesto en lo que se refiere al resto de las denuncias planteadas, atinent.....