Por los fundamentos expuestos esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el primer recurso de apelación presentado por la ciudadana ROSA MARÍA GONZÁLEZ, asistida en este acto por el abogado en ejercicio LUIS MIGUEL TORRES RIVERO.
SEGUNDO: REVOCA la decisión recurrida, sólo en cuanto a la solicitud de entrega del vehículo, y en consecuencia, se ORDENA la entrega en calidad de plena propiedad del vehículo MARCA: CHEVROLET, MODELO: CABINA, AÑO: 1995, USO: CARGA, CLASE: CAMIÓN, PLACAS: A32AN5J, SERIAL DE CARROCERÍA: C2C3KSV312703, TIPO: PLATAFORMA, COLOR: BLANCO, a la referida ciudadana.
TERCERO: SIN LUGAR el segundo recurso de apelación presentado por el abogado en ejercicio LUIS MIGUEL TORRES RIVERO, en su condición de defensor privado del ciudadano YOVANY ENRIQUE NAVA SILVA.
CUARTO: CONFIRMA la decisi.....