SIN LUGAR la recusación interpuesta por el ciudadano Abogado Marcos Barrera Bohórquez, actuando como Defensor del ciudadano Carlos Bernardoni Pérez, en contra de la ciudadana Yennifer González Pirela, en su carácter de Jueza Octava de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en la causa seguida al mencionado ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de Secuestro Agravado en calidad de Cómplice Necesario, previsto y sancionado en el artículo 3 en concordancia con los artículos 10.7 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión y 84.3 del Código Penal, y Asociación para Delinquir, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley orgánica Contra la Delincuencia Organizada, en perjuicio de quienes en vida respondían a los nombres de Teresa Del Savio y Salvatore Di Pietro. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 86 numerales 7 y 8; 94 y 96 del Código Orgánico Procesal Penal.