PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación de autos presentado por la abogada Licet Reyes Barranco, Defensora Pública Provisoria Vigésima Quinta (25°) Penal Ordinario adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, actuando en su condición de defensora del ciudadano Jeimmy Rafael Morales Molina, plenamente identificado en las actas; dirigido a impugnar la decisión Nº Nº 537-22 de fecha 03.06.2022 dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control con Competencia Funcional Municipal del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: ADMITIR la prueba promovida por la parte recurrente, en virtud de que se tratan de pruebas documentales cuya utilidad, necesidad, legalidad, licitud y pertinencia pueden ser corroboradas directamente cuando se resuelva el presente recurso, No obstante, al tratarse de pruebas documentales que versan en la Causa y por ser de mero derecho, se prescinde de la celebración de la Audiencia Oral, a la que se contrae e.....