Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación presentado por la profesional del derecho ELISSETH JOSEFINA PEROZO PETIT, actuando con el carácter de Fiscal Interina Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
SEGUNDO: REVOCA la decisión No. 585-15, de fecha 22 de mayo de 2015, emitida por el Juzgado Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, que declaró con lugar el examen y revisión de la medida cautelar de privación judicial preventiva de libertad, y la sustituyó por las medidas cautelares sustitutivas a la privación judicial de la libertad, conforme el artículo 242, en sus numerales 3, 4 y 9, del Còdigo Orgànico Procesal Penal
TERCERO: MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JU.....