DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos antes, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley resuelve: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada MARLIN OSORIO MACHADO, Defensora Pública Tercera (3°) Penal Ordinario e Indígena Wayuu, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, actuando en su carácter de Defensora de la ciudadana CENELIDA JOSEFINA ROMERO GONZÁLEZ; SEGUNDO: CONFIRMA la Decisión No. 751-09, de fecha 14 de Julio de 2009, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Villa del Rosario, mediante la cual se decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo previsto en los numerales 3 y 6 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a la ciudadana antes mencionada, por .....