PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por las profesionales del derecho JHOSELIN SALAZAR SEGOVIA y BETSAIDA AVILA MARÍN, actuando con el carácter de Fiscal Principal y Auxiliar Vigésima Séptima (27°) del Ministerio Público, con competencia en Ejecución de Sentencias de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
SEGUNDO: REVOCA la decisión N° 541.19 de fecha 12.12.2019, dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, por lo que un órgano subjetivo distinto al que dicto la decisión recurrida, deberá pronunciarse por las redenciones que constan en actas según lo que corresponda, y por el computo respectivo a tenor del articulo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, atendiendo a las consideraciones aquí efectuadas, debiendo mantenerse la situación jurídica previa del penado de autos EVER JAVIER CARDENAS, en la que se encontraba antes de dictarse la deci.....