DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ALEXANDER AGUILAR, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.351, actuando en su carácter de defensor del ciudadano FREDDY TORRES MELENDEZ, en contra de la decisión N° 1295-07, dictada en fecha 09-06-07, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la causa seguida al mencionado imputado por la presunta comisión de los delitos AMENAZAS, VIOLENCIA, PSICOLOGICA, VIOLENCIA SEXUAL, VIOLACIÓN, previstos y sancionados en los artículos 41, 39, 43 de la Ley Orgánica Sobre Derecho de la Mujer de Vivir una vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 374 del Código Penal, cometido en perjuicio d.....