PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación presentado por el profesional del derecho Américo de Jesús Palmar, Defensor Público Provisorio Trigésimo (30°) de Indígena, con competencia en penal ordinario para la fase de proceso, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, en su carácter de defensor público de los ciudadanos: Esmeling Eliécer Castellano González, José Gregorio Valbuena Iguarán, Edicson David Ríos Briceño, Yordi Jesús Orozco Calderón, Denny José Martínez Alvarado, Jorge de Jesús García García, Elevy Enrique García Jiménez, Gabriel Alexander Apalmo Rondón, Alejandro José Chacín Báez, Mauro Enrique Soto Escola, Renny Javier Barroso Mangonez, Luís David Fuenmayor Vargas, Rene Jesús González Carrasquero y Raúl José Briceño Terán, plenamente identificados en actas, de conformidad con lo establecido en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 609-22 dictada en fecha treinta (30) de diciembre de 2022 por el Juzgado D.....