DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado NELSON GUANIPA MORILLO, actuando con el carácter de Defensor del acusado HUGO HUMBERTO MÁRQUEZ. SEGUNDO: ANULA la decisión N° 03-08, de fecha 17-01-08, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, por existir en el caso de marras violaciones de garantías constitucionales y procesales como lo son las consagradas en los artículos 26 y 49 de nuestra Carta Fundamental, conforme a los artículos 190, 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se ORDENA retrotraer la causa al estado en el cual se recibió la solicitud de recusación interpuesta por la defensa de autos, para que el juez de instancia ejecute el .....