DECISIÓN
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada VIVIAM MONTILLA, Defensora Pública Segunda, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, actuando con el carácter de defensora de los imputados JAVIER MEDINA, MOISES LOPEZ y HENRY ORTIZ. SEGUNDO: CONFIRMAR la decisión N°: 3C-0010-09, de fecha 08-01-09, en la causa N° VP11-P-2009-000064, dictada en el acto de audiencia de presentación de imputados, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas; mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad a los mencionados ciudadanos, de conformidad con lo previsto en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Pro.....