DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMPETENTE al Juzgado Octavo de Control (Municipio San Francisco) del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, para conocer de la prosecución de la causa seguida al ciudadano EMILSON GUERRERO PACHECO, por el delito de Homicidio Calificado en la Ejecución del delito de Robo, previsto y sancionado en los artículos 406 ordinal 1° en concordancia con los artículos 456 y 83 todos del Código Penal, conforme a las normativas establecidas en los artículos 57 y 79 del Código Orgánico Procesal Penal.