DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados FRANCISCO GONZÁLEZ YAMARTE y REINA DÁVILA CHIRINOS, inscritos en el I.P.S.A. bajo el N° 47.872 Y 71.305, respectivamente, con domicilio en la ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, defensores privados del acusado CARLOS HUMBERTO LARREAL LARREAL. SEGUNDO: CONFIRMA la Sentencia N° 040-08, dictada en fecha 04 de Noviembre de 2008, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en la causa seguida al ciudadano antes mencionado, por la comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano NOLBERTO JOSÉ CARRASQUERO, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, más las acce.....