declara: CON LUGAR la inhibición propuesta por la DRA. ARACELIS PACHECO, en su carácter de Jueza Novena de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 ejusdem, en la cual se inhibe de conocer de la causa contentiva de la QUERELLA ACUSATORIA N° 9C-11838-08; seguida en contra de los ciudadanos JOELIS JOHANA PLANAS RODRIGUEZ, JULIO GONZALEZ, JESUS CORTEZ Y GEORGE JOSE MEDINA AGUILAR, por la presunta comisión del delito ESTAFA previstos y sancionados en los artículos 462 Y 463 ordinal 1° del Código Penal.
LÍBRESE NOTIFICACIÓN. REGISTRE Y PUBLÍQUESE