PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por los ciudadanos JOSE GREGORIO VILCHEZ TORRES y CARLOS DIAZ PAREDES, en su condición de abogados en ejercicio, Inscritos en el Inpreabogados bajo los Nros. 37.923 y 85.313, actuando con el carácter de Defensores Privados de los ciudadanos SUIGEI MARGARITA TORRES LORCA. SEGUNDO: ANULA la Decisión signada bajo el N° 5C-1550-12, de fecha 06-07-2012, proferida por el Juzgado Quinto Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Cabimas, mediante el cual se admitió en su totalidad la acusación presentada por el Ministerio Público, se declararon sin lugar las excepciones propuestas por la defensa privada, ya que las mismas son materias de fondo y deberán ser debatidas en el contradictorio, se admitieron por ser legales, pertinentes y necesarias las pruebas ofrecidas por la Vindicta Pública y por la defensa, se declaró sin lugar la solicitud de la defensa respecto a la imposic.....