Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano EURO ENRIQUE VILLALOBOS URDANETA, debidamente asistido por el profesional del Derecho ÁNGEL IVÁN QUINTERO RAMÍREZ, en contra de la decisión N° 647-12 dictada en fecha 18 de abril de 2012, por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, y ORDENA LA ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO EN CALIDAD DE DEPÓSITO, no obstante el solicitante no podrá circular en el mismo por el territorio nacional en acatamiento al artículo 141 de la Ley de Tránsito Terrestre, hasta tanto solvente por ante el Instituto Nacional de Transporte y Tránsito Terrestre, la situación relativa a la serialización del vehículo, la c.....