Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: En resguardo del derecho a la propiedad establecido en artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y con fundamento en el artículo 257 ejusdem: DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados EGDALY YUDITH GUANIPA y OMER ANTONIO GUANIPA, ORDENANDO LA ENTREGA DE VEHÍCULO EN CALIDAD DE DEPOSITO, al ciudadano ROMULO RAFAEL ANTEQUERA, Titular de la cédula de identidad N° 1.821.309, el cual tiene las siguientes características: : Marca: Chevrolet, Placas: GAF-68Y, Modelo: Blazer 4x2, Año: 1996, Color: Azul, Serial del Motor: 1TV310506; Serial de Carrocería: 8ZNCS13W1TV310506, Clase: Camioneta; Tipo: Sport Wagon; Uso: Particular; por cuanto estima que lo procedente en derecho y lo que corr.....