En mérito de las razones expuestas, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, los recursos de apelación propuestos por el Profesional del Derecho FREDDY FERRER MEDINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.682, en su condición de defensor privado del ciudadano LUIS ENRIQUE CASTILLO BOHÓRQUEZ; y por el Profesional del Derecho MARCOS SALAZAR HUERTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 5.802, en su condición de Defensor Privado del ciudadano RICARDO JOSÉ VILLALOBOS LANDAETA. SEGUNDO: Se ANULA la Decisión N° ° 7J-130-11, dictada en fecha veintiséis (26) de Septiembre del año que discurre, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia. TERCERO: Se decretan Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, a los acusa.....