Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del Derecho ALFONSO BALLESTA LOAIZA y NEIDA MACHADO MÁVAREZ, en su carácter de defensores del ciudadano LUIS MANUEL BRICEÑO MONTILLA, en contra de la sentencia N° 008-2010, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, publicada en su texto íntegro en fecha 28 de Febrero de 2011, en el juicio seguido al ciudadano LUIS MANUEL BRICEÑO MONTILLA, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CON ERROR EN PERSONA y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículo 405 en concordancia con el artículo 68 ambos del Código Penal y 277 ejusdem, respectivamente, y en consecuencia s.....