V
DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada YASMELY ALICIA FERNANDEZ CARVAJAL, Defensora Publica Trigesima Primera de Indígena con Competencia Penal Ordinario, en su carácter de defensor del imputado JORGE LUIS GONZALEZ GONZALEZ, (Indocumentado),
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión N° 089-16 dictada en fecha 18-01-2016, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual se realizó acto de imputación al prenombrado ciudadano por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano HECTOR ALEXIS LINARES, y se le impuso medida cautelar.....