PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la presente causa, y por ende, el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana OMAIRA MONCADA FIALLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 1332.861, apoderada judicial de la ciudadana NEIVES JOSE ZERPA REINOZA, titular de la cédula de identidad N° 22.989.123, en contra de la decisión de fecha 23 de agosto de 2016, emanada del Juzgado Segundo de Primera instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual negó la entrega del vehiculo clase: CAMION, placas: A74ACOP año: 1984, modelo: F-350, color: AZUL, marca: FORD, tipo: ESTACAS, serial de Carrocería: AJF3EC25549, uso: CARGA, en virtud de que se encuentra incautado y a la orden de la Oficina Nacional de Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (ONDOF); en el proceso penal que se le sigue a los ciudadanos CESAR AUGUSTO CHACON CONTRERAS y AGRIPIN LEONARDO CONTRERAS, es de CONTRABANDO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo.....