Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala No. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: NULIDAD DE OFICIO del acto de presentación de detenido, realizado en fecha 13 de junio de 2013, ante el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante el cual decretó MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados MARVIN WILIAN BRIÑEZ, JOSÉ LUIS QUINTERO, JESÚS ÁNGEL SEMPRUN LÓPEZ, ANGELINO JOSÉ VILLALOBOS GARCÍA, PEDRO PABLO RODRÍGUEZ BARRIOS, JONATHAN JOSÉ MONTILLA PÉREZ, por la presunta comisión de los delitos de CORRUPCIÓN PROPIA, previsto y sancionado en el artículo 62 de la Ley Contra la Corrupción, y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la De.....