Por los fundamentos antes expuestos esta Sala No. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación de sentencia interpuesto por el profesional del derecho GABRIEL PORTILLO MIELES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 142.291, actuando con la cualidad de representante legal de la parte querellante del presente proceso judicial.
SEGUNDO: ANULA la sentencia No. 021-12, de fecha 04 de mayo de 2012, proferida por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia,
TERCERO: ORDENA la realización de un nuevo juicio oral, ante un Órgano Subjetivo en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, distinto al que dictó el fallo anulado, en la causa seguida al acusado HERMES ANTONIO CÁRDENAS SILVA, por considerarlo p.....