Por los Fundamentos expuestos esta Sala No. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana Fiscal Vigésima Séptima del Ministerio Público, Dra. Eleonor Hernández de Pernalete, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 10-11-2003, en la cual CONCEDE EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO al penado BORIS MANUEL JIMENEZ PACHECO. Publíquese, regístrese en el libro respectivo, déjese copia certificada en archivo, y remítase en la oportunidad legal correspondiente.