En mérito de las razones expuestas, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: ANULA DE OFICIO la decisión Nº 126-2013, dictada en fecha 19 de marzo de 2013, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de conversión de la multa de trescientas (300) unidades tributarias (U.T), a trabajo comunitario, a favor de la Intendencia de Seguridad Parroquial, de manera gratuita por tratarse de una institución oficial de interés social; en la causa seguida a los penados AVILIO JOSÉ MENGUAL ACUÑA y JOSE GREGORIO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, por la comisión de los delitos de CONTRABANDO AGRAVADO DE COMBUSTIBLE y TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, previstos y sancionados en el artículo 20, ordinal 14° de la Ley .....