ADMITE el recurso de apelación de autos, interpuesto por la ciudadana ADRIANA ISABEL GOMEZ NOA, titular de la cédula de identidad N° 21.175.326, quien actúa como victima por extensión, asistida por los profesionales del Derecho WILMER MORILLO y YOHENDER FERNANDEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nro. 266.124 y 151.757, contra la decisión Nº 780-2022, de fecha 16 de Diciembre de 2022, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante el cual decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de donde aparece como imputado por identificar, por lo que los hechos ocurridos no es considerado delito alguno, es típico. ADMITE las pruebas documentales promovidas por la victima por extensión, prescindiendo de la audiencia oral, a la que hace referencia el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal. A.....